Normas de uso

El cliente, como inquilino y usuario del apartamento proporcionado por APARTAMENTOS CULLERA en representación de APARTAMENTOS TEMPORALES, S.L.U., con CIF B-86687944 y sede en la calle de San Hermenegildo, 27 – 28015 de Madrid, al formalizar la reserva del alojamiento, acepta de forma indubitada las siguientes normas:

  1. Uso: El cliente sólo podrá utilizar el apartamento contratado como alojamiento temporal (motivado por turismo vacacional, desplazamientos laborales o educativos temporales, etc.). En ningún caso su uso podrá considerarse como vivienda habitual.
  2. Cliente: Los derechos de uso concedidos en la reserva, se consideran personales e intransferibles a favor del huésped contratante, responsable tanto de sus actos como los del resto de los huéspedes ocupantes del alojamiento.
  • Ocupantes: El número de ocupantes en ningún caso puede sobrepasar al contratado, siendo esta alteración, motivo suficiente para proceder a la rescisión de los derechos de uso conferidos. Antes de su fecha de Check-in se le solicitará al cliente una fotografía de su documento de identidad y de sus acompañantes para proceder al registro de huéspedes obligatorio exigido por la Comunidad Valenciana. El documento de registro deberá ser firmado antes de la llegada y la negativa a ello será motivo de cancelación de la reserva, también se proporcionará el contrato con la información de la reserva y los datos de pago y cláusulas del mismo.
  1. Duración: La duración del plazo de ocupación, se circunscribirá única y exclusivamente a los días contratados, ya que este plazo ha sido un condicionamiento esencial para la aprobación de la correspondiente reserva, por parte del anfitrión. Las entradas/check-in y salidas/check-out, se llevarán a cabo en los horarios reseñados en las normas de uso.
  2. Daños: El cliente y el resto de los ocupantes se comprometen a no ocasionar daños tanto en el contenido como en el continente del alojamiento y de sus zonas comunes. Obligándose formalmente a notificar al anfitrión, cualquier contingencia sobrevenida ateniente a este aspecto y siendo responsable de su sustitución o abono económico.
  3. Modificaciones del inmueble: El cliente no podrá modificar la distribución del mobiliario, sin previo consentimiento del anfitrión.
  • Mascotas: El cliente se compromete a velar por el normal comportamiento de su mascota para que no cause molestias por ruido en el alojamiento. Del mismo modo procederá a la limpieza inmediata de cualquier excremento o suciedad que esta, fortuitamente pueda ocasionar tanto el en alojamiento como en sus zonas comunes.
  • Molestias: En caso de quejas justificadas por el resto de los vecinos del inmueble, por ruido excesivo, escándalos, fiestas, etc., se considerará motivo justificado para proceder a la resolución del derecho de uso conferido con efectos inmediatos.

Queremos informarte que, en la Comunidad Valenciana, existe una normativa muy concreta y estricta respecto a lo que el ruido se refiere dividiendo el día en tres franjas horarias. La primera corresponde con el periodo diurno y discurre desde las 07:00 hasta las 19:00 horas donde no está permitido sobrepasar los 55 decibelios en zonas de uso residencial. El mismo tope que se establece en el periodo de tarde, de las 19:00 a las 23:00 horas. El límite se reduce en 10 decibelios, hasta situarse en los 45 durante las horas nocturnas que se alargan desde las 23:00 hasta las 07:00 horas de lunes a viernes, ampliándose esta franja hasta las 08:00 horas los domingos y festivos.

  1. En caso de algún fallo de servicio en zonas comunes (ascensores) o cortes puntuales de agua, luz, wifi, etc, por averías generales, Apartamentos Cullera no se responsabilizará de estos perjuicios y no se realizará ningún reembolso al huésped por el no disfrute de los mismos durante su estancia.
  2. Entrada puntual al alojamiento: Si fuere necesario acceder a al alojamiento cedido para llevar a cabo cualquier tipo de reparación o mantenimiento del mismo, el cliente autorizara su entrada inmediata si el motivo tuviese carácter de urgente y en un plazo máximo de 12 horas, si no tuviere tal carácter.
  3. Ley local: La regulación de los aspectos legales atinentes a la reserva contratada, será ostentada por los Juzgados y Tribunales de Sueca, ciudad donde se ubica el alojamiento.
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